La OMIC convoca a vecinos para que accedan a la Tarifa Social   

Es para los de mayor vulnerabilidad económica y para que abonen precios más bajos en servicios públicos. Además, desde la oficina municipal se continúa realizando gratuitamente el trámite de Protección de la Vivienda Familiar

La OMIC (Oficina Municipal de Información al Consumidor), a cargo de Eugenio Ferrario, informa que se han iniciado trámites para acceder a La Tarifa Social, concebida para que los ciudadanos en situación de mayor vulnerabilidad paguen un precio más bajo por los servicios públicos, entre ellos el de electricidad.

Dicho trámite, se realiza ante esta dependencia vía On Line a través de la página de OCEBA, solicitando al usuario la documental correspondiente.

Por último, se indica que se continúan realizando los trámites en forma gratuita, de Protección de la Vivienda Familiar (Ex Bien de Familia).

Acceden a este beneficio los usuarios que sean:

  • Jubilados, pensionados o trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a DOS (2) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles.
  • Trabajadores «monotributistas» inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.
  • Beneficiarios de una Pensión no Contributiva que perciban ingresos mensuales.
  • Titulares de programas sociales (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
  • Trabajadores inscriptos en el Régimen de Monotributo Social (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
  • Trabajadores incorporados en el Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico (26.844) (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
  • Titulares de un seguro de desempleo (siempre que su ingreso no supere dos (2) veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil).
  • Titulares de una Pensión Vitalicia a Veteranos de Guerra del Atlántico Sur.
  • Usuarios (o un familiar a cargo) que cuenten con certificado de discapacidad expedido por autoridad competente.Atención

    No acceden a este beneficio los propietarios de:

    1. Más de un inmueble
    2. Aeronaves o embarcaciones de lujo
    3. Un vehículo de hasta diez años de antigüedad (excepto los titulares de algún certificado de discapacidad).

Se adjunta foto archivo